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CUMPLIR O NO CUMPLIR, ¿cuÁl ES EL MAL MENOR?

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Por Clara Luz Álvarez

 

 

Nunca se cumpliría con la fecha límite fijada por el Congreso de la Unión para registrar al menos a la mayor parte de los usuarios de teléfonos móviles, ¿cuál es la novedad? El problema en sí no es tanto si las personas se registran o no, sino que las reformas de 2009 obligan a los concesionarios de telefonía móvil a suspender el servicio a aquellas personas que no hayan registrado su celular en el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut). Esta pieza legislativa en un análisis de proporcionalidad no sobreviviría y sería un claro ejemplo de penalidad excesiva. Sin embargo, hoy día es la ley vigente.

El Renaut, por más que nos quieran convencer que es una medida para el combate al crimen organizado, no lo es, ni lo será. ¿Es justo cancelar el servicio de celular a una persona que no lo haya registrado por la incapacidad del Estado mexicano de detener la escalada de violencia y criminalidad? Al ordenar el Legislativo la suspensión de un servicio de interés público y el Ejecutivo Federal al no ejercer su poder de veto, asumieron que todos los que tenemos un teléfono celular somos sospechosos o culpables, cual si de delincuentes graves se tratara.

¿Cuáles son los escenarios para el desenlace de esta tragicomedia? Veamos.

• Imposible. Todos los titulares de un teléfono móvil se registran en el Renaut, sin importarles que sus datos personales carezcan en nuestro país de protección a través de una ley.

• Ideal. El Congreso de la Unión: (1) expide la ley de protección de datos personales que ya debería haber emitido, (2) amplía el plazo para el registro de teléfonos móviles, (3) elimina la sanción de suspensión del servicio móvil a aquellos que aún no se han registrado y (4) establece otros incentivos para que las personas registren su número.

• El peor escenario. Los concesionarios de telefonía móvil cumplen al pie de la letra lo ordenado por la Ley Federal de Telecomunicaciones, suspenden el servicio de al menos 30´000,000 de teléfonos móviles en México con todas las afectaciones económicas a las finanzas de los concesionarios. Los 30´000,000 de personas a los que se les cancelaron sus teléfonos móviles, tendrán impactos negativos, algunos porque es un instrumento indispensable para trabajar, otros porque es su único medio de comunicación. ¿Qué pasará si una persona que sólo cuenta con el celular para comunicarse desde su hogar, se lo cancelan? Y si esta persona tiene una enfermedad o una emergencia que le impide comunicarse, ¿quién será el responsable?

• Acción de la sociedad civil. La sociedad civil organizada está preparándose para presentar una demanda de amparo en contra de la ley. Seguramente se les concederá la suspensión provisional y definitiva por el Poder Judicial Federal. Sin embargo, esa suspensión solamente beneficiará a aquellos que estén representados en el amparo ante la prevalencia del principio de relatividad de las sentencias de amparo y la ausencia de acciones colectivas en nuestro país.

• El mal menor. Si los concesionarios de telefonía móvil cumplieran con lo ordenado por la ley, perderán millones de pesos. Ello independientemente de la afectación significativa a toda la población y a la economía nacional. ¿Qué pasaría si los concesarionarios optaran por no suspender el servicio a pesar de que lo ordena la ley? Los usuarios de telefonía estarían profundamente agradecidos. Sin embargo, las consecuencias del incumplimiento de una ley –aun cuando sea desproporcionada e injusta- son la sanción. La sanción podría ser la más alta en telecomunicaciones que es de entre 10,000 y 100,000 salarios mínimos, esto es, entre 574,600 y 5´746,000 pesos. De acuerdo con Reforma, las pérdidas diarias por la suspensión de celulares sería de 243´000,000 de pesos diarios. Entonces, ¿será este escenario el mal menor?

 

 


Clara Luz Álvarez
México.

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